Con relativa tranquilidad, vuelvo a este blog.
Lo hago porque de nuevo me he puesto a escribir en el Granada Hoy y porque imagino que un blog es un lugar apropiado para ir colgando mis artículos.
Empiezo con el que publiqué hace unos días sobre el futuro PGOU de Granada.
No es especialmente poético, pero si oportuno.
Un Plan para gobernarlos a todos (granadahoy.com)
Un Plan para gobernarlos a todos.
Hay quien cae en el error -los políticos suelen hacerlo y
los medios de comunicación lo refuerzan- de pensar que el hecho de que un bien
se declare BIC, es una especie de premio o galardón que aumenta su prestigio y,
por tanto, su valor comercial en el mercado turístico; un error interesado
desde luego, porque un título jurídico de BIC no es un diploma de
reconocimiento que se le otorga a un bien para incluirlo en su publicidad, sino
algo bastante más serio, destinado a protegerlo ante los peligros que pudiera
correr.
Culpa tienen también quienes declararon BIC cosas como el
Fandango de Huelva o el Mollete de Antequera; una soberana memez que nada tiene
que ver con el sentido original por el que se crearon los BIC como figuras
jurídicas de protección. La pregunta es simple; ¿Corren peligro los molletes de
Antequera o el Fandango de Huelva?
También induce a error la famosa lista de la UNESCO de
Bienes Patrimonio de la Humanidad, que, paradójicamente, no tiene ninguna
repercusión jurídica en la protección de esos Bienes, pero que queda bien en
los folletos turísticos.
Por poner un ejemplo cercano, lo que protege, mejor o peor,
al Albaicín, no es ser Patrimonio de la Humanidad, sino ser un Bien de Interés
Cultural inscrito en el Catálogo General del Patrimonio Histórico.
Aunque el caso del Albaicín sea algo más complejo porque,
allá por el año 2003, lo que eran tres BIC; el Albaicín, el Centro Histórico y
la Alhambra se unificaron en uno solo al que se añadió, además, el Sacromonte.
Con ello, y tal como obliga la Ley de Patrimonio, se puso en
marcha uno de los instrumentos más importantes para la protección de un
Conjunto Histórico, la adaptación del planeamiento urbanístico y, por eso, el
Albaicín tiene un Plan Especial de Protección que se aprobó en el año 1991.
Sin embargo, ya he señalado anteriormente que en el año 2003
se unificaron los tres BIC existentes creando un único BIC, el del Conjunto
Histórico de Granada formado por cuatro sectores, Albaicín, Sacromonte,
Alhambra y Generalife y el propio Centro Histórico y como todos, menos el
Sacromonte, tenían ya su propio Plan de Protección, el Decreto de creación del
nuevo BIC, con sentido común, reconoció la pervivencia de esos Planes.
Es decir, un solo BIC, el Centro Histórico de Granada, con
tres Planes Especiales de Protección; Alhambra y Generalife, del año 1989,
Albaicín, del año 1991 y Área Centro, del año 2002.
La parte buena es saber que nuestro patrimonio está
protegido desde el punto de vista urbanístico, la parte mala es constatar que
los riesgos que se cernían sobre el Patrimonio en los años ochenta o noventa,
no se parecen ni de lejos a los actuales.
En términos bélicos sería como enfrentarse a armas de última
generación del siglo XXI con sistemas defensivos de unas fechas del siglo
pasado en las que, por ejemplo, salieron al mercado los primeros teléfonos
móviles.
Pondré tres ejemplos de nuevos riesgos dentro del Conjunto
Histórico: la movilidad, la contaminación visual y los cambios de uso.
El primero repercute negativamente desde dos posibilidades
contradictorias, el exceso o el defecto; la saturación de vehículos privados,
por un lado, o la dificultad de acceso para la población residente a su barrio
que acabaría por convertir su vida cotidiana en un infierno.
Imaginen el Gran Canal de Venecia lleno de cruceros
turísticos y que un vecino no pueda llegar a su casa de Santa Croce en su
pequeña lancha o en su vaporetto. Algo parecido pasa en el Albaicín o en
el centro de Granada; exceso de tráfico, pero poca accesibilidad.
La Ley de Patrimonio, que ya se olía de qué iba el asunto,
incorporó en su articulado que un Plan de Protección deberá incluir “Las determinaciones en materia de
accesibilidad necesarias para la conservación de los valores protegidos”.
El problema está en que, al ser la Ley del año 2007 y los
Planes anteriores a esa fecha, ese aspecto no se contempla en ninguno de ellos
por lo que las actuaciones en materia de movilidad que se hacen en el Conjunto
Histórico de Granada no solo no están refrendadas por la Ley de Patrimonio,
sino que, además, en ningún momento ha habido voluntad de hacerlo por parte de
las autoridades que han ido improvisando medidas que nunca han resuelto el
doble problema planteado.
Al segundo peligro, el de la contaminación visual, la Ley le
dedica un extenso artículo y también establece la obligación de recoger en el
planeamiento medidas de control, pero, igualmente, los Planes son anteriores a
la Ley por lo que no recogen estas medidas ni cumplen la Ley en este aspecto,
aunque aquí es más grave y sí que está clara la dejación de funciones y la
elusión de responsabilidades de las Administraciones implicadas. Una
disposición de la Ley, la transitoria tercera, establece la obligación
de los ayuntamientos, en un plazo de tres años, desde el año 2007, de elaborar
un Plan de Descontaminación Visual.
En Granada, ni existe dicho plan ni se le espera y asistir
al espectáculo de terrazas, sombrillas, publicidad, veladores, toldos,
marquesinas,… degradando el Centro Histórico hasta la náusea, no es ciertamente
un modelo de respeto al patrimonio de la ciudad por parte de las autoridades.
También la Ley contempla este peligro y obliga a incluir en
los Planes Urbanísticos de Protección “Las
determinaciones para el mantenimiento de los usos tradicionales y las
actividades económicas compatibles, proponiendo, en su caso, medidas de
intervención para la revitalización del bien protegido.”
Y también promotores
y agentes económicos han intentado por todos los medios, legales o ilegales,
eludir esas obligaciones con la complicidad, en demasiadas ocasiones, de las
autoridades. Si no se pueden ponen pisos turísticos legales, se ponen ilegales
y todos miramos para otro lado.
Al parecer, el nuevo gobierno municipal ha diseñado una
estrategia distinta, la de un nuevo Plan General en lugar de renovar los tres
Planes Especiales y es cierto que la Ley contempla en su artículo 30.3 la
posibilidad de que ese Plan General introduzca las medidas especiales de
Protección, pero, también es cierto que, comprobada la eficacia municipal en
los intentos anteriores, la empresa genera cierta desconfianza, cuando, además,
no sólo habrá de asumir los contenidos de protección de los otros tres planes
sino enfrentarse a situaciones patrimoniales nuevas como la Villa romana de los
Mondragones, La azucarera de San Isidro, el Sacromonte y el valle del Darro, la
villa romana de la calle Primavera, o el Campus de Cartuja, por poner algunos.
Si no lo hace ni lo pretende, no habremos avanzado demasiado
y nuestro Patrimonio Histórico estará irreversiblemente abocado a su pérdida.
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